TODOS SOMOS MARIO
Atendiendo al
Capitulo II.- Fines y Actividades de los Estatutos del AMPA.
Art. 3º.- apartados
b) Defender
los derechos de las/os Madres, Padres, en cuanto concierne a la Educación
de sus hijas/os.
f) Informar,
orientar y estimular a las/os Madres, Padres respecto a las obligaciones y
derechos que les incumben en relación con la educación de sus hijas/os.
j) Promover la plena realización del principio
de gratuidad en el ámbito del Centro, así como la efectiva igualdad de
derechos de todos sus alumnas/os, sin discriminación por razones
socioeconómicas, ideológicas,
confesionales, raza o sexo.
k) Requerir
a los poderes públicos el cumplimiento de las Leyes, Reglamentos y Planes
de Actuación relativos a la Educación, recabando la atención y ayuda que esta
merece.
o) Velar
por el respeto a los Derechos de las/os alumnas/os.
p) Representar
los intereses generales de las Madres, Padres ante las instancias Educativas y
otros Organismos.
La Junta
aprobó por UNANIMIDAD
colaborar con la familia Munuera Pérez ,
en todo lo que sea necesario para salvaguardar los legítimos intereses de
Mario, velando siempre por que su
interés superior sea valorado y considerado como primordial en todas las
acciones y decisiones que le conciernan. Protegiendo el desarrollo del menor y
la satisfacción de sus necesidades básicas, tanto materiales, físicas y
educativas como emocionales y afectivas. Utilizando y poniendo a disposición de
esta familia de nuestra Comunidad Educativa todos los recursos y medios
disponibles de esta AMPA.
En Puerto Sagunto a 16 de septiembre de 2015.